La Corte Constitucional (CC) rechazó las solicitudes de aclaración y ampliación que presentaron los ciudadanos Tania Fernanda Coyago Coyago, Álex Gustavo Flores Álvarez, Ana Emma Narea Sánchez y Andrés David Arauz Galarza a la sentencia que validó el acuerdo entre el Gobierno de Ecuador y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para la promoción y protección recíproca de las inversiones.
A través de un auto de aclaración y ampliación emitido el 16 de abril de este 2026, el organismo rechazó estos pedidos que se hicieron el pasado 8 y 10 de abril.
A la vez, la CC ratificó su dictamen del pasado 30 de marzo de 2025, en el cual, en un segundo control de constitucionalidad, validó el acuerdo entre el Gobierno de Ecuador y el Gobierno de los Emiratos Árabes Unidos para la promoción y protección recíproca de las inversiones, pero condicionó la incorporación de una exclusión sobre el tribunal arbitral.
La Corte Constitucional declaró la constitucionalidad de este acuerdo, siempre y cuando su artículo 20 incorpore una exclusión expresa que establezca de manera inequívoca que el tribunal arbitral no podrá conocer controversias contractuales o de índole comercial, entre el Estado y personas naturales o jurídicas privadas, en los términos del artículo 422 de la Constitución.
El organismo resaltó que esta resolución tiene carácter de definitivo e inapelable.
En tanto, los ministerios de Relaciones Exteriores y de Producción y Comercio Exterior se reunieron con la Secretaría Jurídica de la Presidencia de la República para trabajar en los cambios observados por la CC. Posteriormente, la propuesta subsanada se enviará a la Cancillería de Emiratos Árabes Unidos para que la revise y haga las observaciones que considere pertinentes.